Suspensión de Certificados

La suspensión al igual que la revocación implica la pérdida de validez del certificado. No obstante, mientras que en la revocación está perdida de vigencia es definitiva, en la suspensión es temporal para proceder a la reactivación del certificado ó a su revocación definitiva.

 

Las causas  que pueden dar lugar a la suspensión son las mismas que para proceder su revocación y durante el tiempo que el certificado se encuentre en suspensión constara a todos los efectos como un certificado revocado con la única diferencia que la suspensión admite una posterior reactivación del certificado.

 

Desde el momento en que se solicita la suspensión, tendrá un plazo de siete días para informar a su Autoridad de Registro si la causa de suspensión ha cesado ó no para que proceda a la reactivación ó a la revocación definitiva del certificado. Pasado dicho plazo sin una comunicación previa, se procederá de forma automática a la revocación definitiva del certificado.


Para suspender un certificado pulse AQUÍ.

 

 

Siguenos en twitter/camerfirmaPublic/docroot/contenidos/facebook.pngWebtrust EVWebtrust for CAISO 20000ISO 27001